CNO ACU 101AlcanceEl Acuerdo aprueba el protocolo para la entrada en operación de nuevas plantas al esquema del AGC nacional. El protocolo establece pruebas de campo y sintonía, procedimientos para retirar y retornar unidades, pruebas autónomas y aspectos operativos de coordinación entre el CND y los agentes que participan en la regulación secundaria de frecuencia.Síntesis ejecutivaEl protocolo define las verificaciones técnicas y los reportes necesarios para integrar nuevas unidades al AGC. Incluye mediciones de estatismo, pruebas de respuesta, revisión de anomalías, correctivos, pruebas de re-sintonía y criterios para recuperar la elegibilidad de una unidad. También fija condiciones operativas para la coordinación de pruebas, el análisis de resultados y la programación posterior. El acuerdo rige desde su expedición. La evidencia entregada identifica que el Acuerdo CNO 511 de 2010 lo sustituyó expresamente; mientras se materializa esa ficha, la relación queda trazada en este documento.Obligaciones, facultades y recomendacionesAgentes: informar al CND los resultados de las pruebas, las anomalías y los correctivos realizados.Agentes: ejecutar las pruebas de campo, sintonía, pruebas autónomas y verificaciones requeridas para la entrada o retorno al servicio.CND: analizar los informes y resultados, revisar las anomalías y comunicar la elegibilidad o las pruebas adicionales requeridas.CND: coordinar la programación de pruebas y la información operativa con los agentes.Agentes: reportar al CND los mantenimientos o cambios de parámetros que afecten la regulación de frecuencia y adjuntar el informe técnico correspondiente.CND: realizar seguimiento aperiódico y aleatorio a las unidades que presten el servicio de regulación secundaria de frecuencia.Plazos e hitos2000-10-30: expedición y entrada en vigencia.Incertidumbres y controlesLa fuente procesada proviene de OCR y contiene segmentos ilegibles o deformados; los valores técnicos deben contrastarse con la imagen del PDF original antes de usarse para una decisión operativa.La vigencia documental actual y los actos posteriores distintos del Acuerdo CNO 511 de 2010 no se establecen en el material entregado.La relación de sustitución con el Acuerdo CNO 511 de 2010 está sustentada por la evidencia oficial disponible; la ficha objetivo y su relación inversa permanecen pendientes de materialización.