CNO ACU 1749AlcanceEl Acuerdo aprueba requisitos de protecciones para la conexión de sistemas de generación al SIN y sus procedimientos de pruebas y verificación. Aplica según tecnología, capacidad instalada o nominal y nivel de tensión, incluidos sistemas conectados al STN, STR y SDL, autogeneración, generación distribuida y activos de conexión compartidos. Los Anexos 1, 2 y 3 son parte integral del acto y no constituyen normas independientes.Síntesis ejecutivaEl acuerdo actualiza los requisitos técnicos de protección, corte, puesta a tierra, servicios auxiliares, sincronismo, anti-isla y registro de eventos. El Anexo 1 diferencia funciones y ajustes por tecnología, capacidad y nivel de tensión; el Anexo 2 establece validaciones mediante inyección secundaria, pruebas funcionales, disparos transferidos, pérdida de potencial y anti-isla; y el Anexo 3 aporta la lista de verificación para conexiones en niveles 1, 2 y 3. Rige desde el 7 de septiembre de 2023 y sustituye el Acuerdo CNO 1602 de 2022. Posteriormente, el Acuerdo CNO 1862 de 2024 sustituyó este acto.Obligaciones, facultades y recomendacionesPromotores y agentes generadores: implementar esquemas de protección coordinados con la red y reportar al transportador nacional u operador de red la información requerida para aprobar el punto de conexión.Promotores y agentes generadores: realizar las pruebas aplicables antes de la entrada en servicio, documentar los resultados y conservar los certificados exigibles.Agentes representantes de conexiones compartidas: reportar la información de ajustes y esquemas de protección a la entidad que otorga el punto de conexión.Operadores de red y transportadores nacionales: validar la información, coordinar ajustes y verificar los requisitos de conexión, energización y pruebas aplicables.CND: entregar al CNO los documentos técnicos que correspondan para desarrollar los acuerdos encargados por la regulación.Auditores de pruebas: revisar los resultados funcionales y la lista de verificación según el alcance del procedimiento.CNO: mantener los requisitos, el procedimiento de pruebas y la lista de verificación aprobados conforme a la regulación aplicable.Plazos e hitos2023-08-18: concepto técnico favorable del Subcomité de Protecciones.2023-09-07: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo.Incertidumbres y controlesLos requisitos concretos dependen de la tecnología, capacidad, nivel de tensión, punto de conexión y resultados del estudio de ajuste y coordinación de protecciones.El documento principal no presenta una etiqueta separada de publicación web; se conserva la fecha oficial de expedición como fecha documental y de publicación.El Acuerdo identifica como antecedente sustituido al Acuerdo CNO 1602 de 2022; su ficha queda incorporada al corpus activo para cerrar la relación recíproca.La sustitución posterior por el Acuerdo CNO 1862 de 2024 se verifica en su fuente oficial y en su relación inversa incorporada al corpus.