CNO ACU 2003AlcanceEl CNO aprueba la guía para construir, presentar y validar modelos de planta de plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al SDL, con capacidad efectiva neta o potencia máxima declarada igual o mayor a 1 MW y menor a 5 MW, no despachadas centralmente. Define requisitos para modelos preliminares y validados, reportes, pruebas, criterios de comparación y actualización de modelos. Para plantas que opten por despacho centralizado, el tema de modelos se rige por la Resolución CREG 148 de 2021 o la que la modifique o sustituya.Síntesis ejecutivaEl Acuerdo adopta la guía del CND en su versión del 17 de junio de 2025 y concreta el procedimiento técnico previsto por la Resolución CREG 101 011 de 2022. Exige modelos reproducibles y estables, información de la planta, validación mediante comparación entre registros reales y simulados y entrega coordinada al OR y al CND. También fija controles para modelos preliminares, modelos validados, cambios de parámetros y modernizaciones. Los agentes representantes deben entregar modelos preliminares con anticipación mínima de seis meses a la entrada en operación; la guía precisa revisiones, correcciones, pruebas y reportes posteriores. El Acuerdo rige desde el 3 de julio de 2025 y fue sustituido por el Acuerdo CNO 2187 de 2026.Obligaciones, facultades y recomendacionesAgentes representantes: entregar al OR los modelos de planta y controles antes de la entrada en operación, con base en la información del fabricante.Operadores de red: remitir al CND los modelos referenciados al nodo indicado, considerando los valores mínimo y máximo de la impedancia equivalente.CND: publicar y actualizar la guía de construcción y presentación, e indicar la herramienta y versión usadas para los análisis.Agentes representantes: reportar modelos preliminares al menos seis meses antes de la entrada en operación y atender los requisitos técnicos dentro de los plazos previstos.Agentes generadores: entregar modelos validados y resultados de pruebas al OR conforme a los formatos y datos reproducibles de la guía.Operadores de red: revisar la información recibida y enviarla al CND con los anexos y listas de chequeo aplicables.CND: revisar los modelos validados, informar diferencias y solicitar correcciones o pruebas de reajuste cuando sea necesario.Agentes involucrados: cumplir las reglas de comportamiento de la Resolución CREG 080 de 2019 o la que la modifique, adicione o sustituya.Plazos e hitos2025-07-03: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo.