CNO ACU 2027AlcanceEl CNO establece la aplicabilidad, periodicidad y protocolos para realizar pruebas de estatismo y banda muerta en plantas y unidades hidroeléctricas y térmicas despachadas centralmente. También regula casos de entrada al Despacho Central, conexión de SAEB, cambios de regulador o rango operativo y presentación de resultados. Rige desde el 4 de septiembre de 2025.Síntesis ejecutivaEl Acuerdo aprueba los protocolos y formatos de los Anexos 1, 2 y 3. Exige pruebas en ocho supuestos, entre ellos unidades nuevas o reincorporadas, cambio del regulador de velocidad, entrada al Despacho Central, determinados cogeneradores y autogeneradores, conexión de SAEB y ampliación del rango operativo que no esté cubierto en 80 %. Fija una periodicidad de cuatro años iniciada el 5 de marzo de 2020 y un periodo de un año para realizar las pruebas y presentar resultados al Subcomité de Controles. Permite excepciones o ampliaciones bajo condiciones verificables. El Acuerdo fue posteriormente sustituido por el Acuerdo CNO 2104 de 2026.Obligaciones, facultades y recomendacionesAgentes generadores: realizar las pruebas en los casos y con los protocolos previstos en el Acuerdo.Agentes generadores: utilizar los formatos de los Anexos 1, 2 y 3 y presentar los resultados al Subcomité de Controles.Agentes generadores: proponer un protocolo particular cuando existan restricciones técnicas justificadas.Subcomité de Controles: emitir concepto técnico sobre resultados, solicitudes de ampliación y protocolos particulares.Comité de Operación: recomendar al CNO la certificación de resultados y la aprobación de nuevos protocolos.CND: informar las plantas y unidades que cumplan las condiciones de exención previstas en el artículo 6.ASIC: ejecutar el procedimiento aplicable cuando plantas menores, cogeneradores o autogeneradores sean incluidos en el Despacho Central por superar los umbrales previstos.Plazos e hitos2020-03-05: inicio del periodo de cuatro años para las pruebas.2025-09-04: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo.Incertidumbres y controlesEl documento menciona los Anexos 2 y 3 como parte integral, pero la documentación disponible solo contiene el Anexo 1; los formatos de los Anexos 2 y 3 no fueron revisados.La relación posterior con el Acuerdo CNO 2104 de 2026 consta en la ficha activa de ese acuerdo; su fuente procesada aún no está disponible para cotejo independiente.La fecha de publicación web no está expuesta por el CNO; se conserva la fecha de expedición como fecha documental y fecha de publicación del acto.