CNO ACU 2170AlcanceEl CNO aprueba la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de la prueba de banda muerta de la unidad 2 de la planta Paipa hasta el 31 de agosto de 2026, en desarrollo del parágrafo primero del artículo 6 del Acuerdo CNO 2104 de 2026. El Subcomité de Controles (reunión extraordinaria 343 del 22 de junio de 2026) dio concepto favorable a la ampliación por requerirse revisar los datos tomados durante la prueba; el Comité de Operación (reunión 499 del 25 de junio de 2026) recomendó la expedición, aprobada en la reunión CNO 837 del 2 de julio de 2026.Síntesis ejecutivaLa ampliación se acumula a las otorgadas previamente por los Acuerdos CNO 2124 de 2026 (Paipa 3) y 2141 de 2026 (Paipa 1, 2 y 3) y no modifica la periodicidad cuatrienal del régimen general previsto en el Acuerdo CNO 2104 de 2026. Rige desde la fecha de expedición. Conviene revisar también los Acuerdos CNO 2104 de 2026, 2124 de 2026 y 2141 de 2026.Obligaciones, facultades y recomendacionesAgente generador de Paipa 2: custodiar los datos crudos y los informes de la prueba; presentar al Subcomité de Controles los resultados de la prueba de banda muerta a más tardar el 31 de agosto de 2026.CND y XM: recibir y validar los resultados dentro del procedimiento previsto en el Acuerdo CNO 2104 de 2026; coordinar la programación operativa para evitar afectación a la regulación primaria por la demora.Subcomité de Controles: revisar los datos tomados durante la prueba y conceptuar sobre los resultados presentados.Comités del CNO: dar seguimiento al cumplimiento del nuevo plazo antes de cualquier ampliación posterior.Plazos e hitos2026-06-22: concepto favorable del Subcomité de Controles (reunión extraordinaria 343).2026-06-25: recomendación del Comité de Operación (reunión 499).2026-07-02: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo (reunión CNO 837).2026-08-31: nueva fecha límite de presentación de los resultados de la prueba de banda muerta de Paipa 2.