CNO ACU 2274AlcanceEl CNO aprueba el protocolo para pruebas y eventual aplicación de reducción de tensión en redes de distribución del SIN. Establece deberes de identificación de circuitos, pruebas, conservación de información y coordinación para OR y CND. Aprobar y probar el mecanismo no equivale a activarlo ni a ordenar racionamiento general.Síntesis ejecutivaLos OR deben identificar y categorizar circuitos o alimentadores potencialmente utilizables considerando cargas, sensibilidad a tensión, regulación, usuarios críticos y condiciones operativas. Deben realizar al menos una prueba anual sobre circuitos representativos para estimar efectividad y actualizar la clasificación.Las pruebas se coordinan con el CND y deben respetar seguridad, confiabilidad y límites de calidad de tensión. Sus resultados permiten preparar una eventual aplicación operativa, que no se activa automáticamente por la aprobación del acuerdo. El límite de reducción de demanda citado de CREG 119 de 1998 tampoco constituye una autorización automática para reducirla.Decisión técnicaAprueba como integrantes el protocolo de aplicación, el formato de caracterización de circuitos y alimentadores y el formato de selección y reporte. Distingue la caracterización preparatoria de una eventual ejecución operativa.Responsables operativosOR:Obligación: mantener circuitos identificados y categorizados, realizar pruebas anuales, registrar y conservar la información conforme a los formatos del CNO y cumplir las condiciones de seguridad y calidad.CND:Obligación: coordinar las pruebas con OR y seguir sus resultados.Facultad: consolidar información de las pruebas.CNO:Facultad: actualizar el protocolo y definir lineamientos para eventual aplicación operativa con base en resultados; no se presume una activación por esa facultad.Fechas y condiciones accionablesAl menos una vez al año — OR: realizar una prueba de caracterización de circuitos o alimentadores representativos conforme al protocolo.Condiciones de aplicaciónLa clasificación distingue al menos circuitos residenciales, comerciales, industriales, mixtos y los favorables para reducir demanda. Las pruebas deben respetar los límites de calidad de tensión y las condiciones del protocolo; el seguimiento de resultados no constituye por sí mismo orden de racionamiento.