CREG CIRC 239AlcanceLa Dirección Ejecutiva de la CREG convoca a distribuidores minoristas en estación de servicio automotriz y fluvial de gasolina motor corriente y diésel, a agremiaciones y demás interesados a una serie de talleres presenciales en el marco del desarrollo de la metodología de remuneración del margen de distribución minorista de gasolina motor corriente, gasolina motor corriente oxigenada, ACPM-Diésel y ACPM-Diésel mezclado con biocombustible. Los talleres se realizarán en Bucaramanga, Riohacha y Bogotá en las fechas y horarios establecidos, con inscripción previa en el calendario de eventos del portal web de la CREG.Síntesis ejecutivaLa circular combina la convocatoria al taller con la solicitud a los agentes, interesados y agremiaciones de identificar y presentar los temas y propuestas que resulten relevantes para la construcción colectiva de la propuesta de remuneración. La participación es voluntaria y los insumos servirán para la estructuración de la propuesta por parte de la CREG. Conviene revisar también la Circular CREG 240 de 2026 sobre el taller del margen mayorista y la Circular CREG 247 de 2026 que reprogramó la sesión de Riohacha.Obligaciones, facultades y recomendacionesCREG (Dirección Ejecutiva): realizar los talleres presenciales en Bucaramanga, Riohacha y Bogotá y consolidar los insumos técnicos y elementos de análisis que recopile de los agentes e interesados.Distribuidores minoristas en estación de servicio automotriz y fluvial de gasolina motor corriente y diésel, agremiaciones y demás interesados: inscribirse en el calendario de eventos del portal web de la CREG para asistir al taller correspondiente a la ciudad de su interés e identificar y presentar los temas y propuestas relevantes para la construcción de la propuesta de remuneración.Incertidumbres y controlesLos lugares de los talleres de Bucaramanga y Riohacha serían informados al público con posterioridad a la inscripción, según el texto de la circular; en el caso de Riohacha, la Circular CREG 247 de 2026 ya asignó lugar, fecha y hora definitivos. La consistencia entre ambas circulares debe verificarse si surgen nuevos cambios logísticos.