CREG PROY 021AlcanceLa CREG sometió a consulta pública, por diez (10) días siguientes a su publicación en la página web, un proyecto de reglamento contenido en el anexo de la Resolución CREG 021 de 2008 para adoptar la Subasta de Sobre Cerrado aplicable a participantes con plantas o unidades de generación con períodos de construcción superiores al período de planeación (GPPS) del Cargo por Confiabilidad. La propuesta definió objeto, definiciones, reporte de información de participantes, criterios de asignación, reglas de desempate entre proyectos excluyentes, declaración de subasta desierta y el reparto de deberes entre el ASIC, los participantes y el Auditor. La resolución madre fue aprobada en sesión 362 del 20 de febrero de 2008. El proyecto fue adoptado por la Resolución CREG 040 de 2008, que declara este proyecto como su origen.Síntesis ejecutivaEl proyecto respondió a la propuesta que el ASIC sometió a la Comisión el 15 de febrero de 2008 en cumplimiento del parágrafo del artículo 31 modificado por la Resolución CREG 101 de 2007, y habría de incorporarse como Anexo 12 de la Resolución CREG 071 de 2006. Definía objeto, definiciones y reporte de información de participantes con plantas GPPS, remitiendo ese reporte al Anexo 10 y las garantías al Reglamento adoptado por la Resolución CREG 061 de 2007, cuyo incumplimiento se entiende como retiro del proceso de asignación. Repartía deberes entre el ASIC, encargado de anunciar el precio máximo PMGPPS, determinar la demanda incremental entre diciembre del año t+p+1 y noviembre del t+10, convocar la subasta cuando fuera necesaria, contratar al Auditor y resolver reclamaciones; los participantes, obligados a presentarse en el sitio convocado, entregar la oferta en el formato oficial y abstenerse de actos contrarios a la libre competencia; y el Auditor, encargado de intervenir el proceso e informar a la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Detallaba la recepción y apertura de ofertas ante el Auditor, su contenido mínimo, las causales de inadmisión, la asignación por balance oferta-demanda con precio PMGPPS o por subasta, las reglas de desempate entre desarrolladores de proyectos excluyentes y la declaración de subasta desierta.Obligaciones, facultades y recomendacionesASIC: anunciar el PMGPPS, determinar la demanda incremental, convocar la Subasta de Sobre Cerrado cuando la ENFICC ofrecida supere la cantidad máxima asignable, contratar el Auditor y publicar los resultados de la asignación.Participantes con GPPS: presentarse en el lugar, fecha y hora definidos; presentar la Oferta en Sobre Cerrado en el formato del ASIC con precio menor o igual al PMGPPS; y abstenerse de actos contrarios a la libre competencia.Auditor: verificar la aplicación correcta de la regulación y del reglamento, y remitir a la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles tras el cierre un informe sin ambigüedades sobre el cumplimiento.Desarrolladores de proyectos excluyentes: sujetarse a las reglas de desempate definidas en el reglamento.Plazos e hitos2008-02-20: sesión 362 en la que la CREG aprobó hacer público el proyecto.2008-02-20: publicación de la Resolución 021 de 2008 en la página web de la CREG.2008-03-01: cierre del plazo oficial de comentarios tras diez (10) días siguientes a la publicación.Incertidumbres y controlesEl proyecto carece de numeración propia: circula dentro de la publicación hecha por la Resolución CREG 021 de 2008 y su identificación canónica es editorial (CREG_PROY_021_2008).Periodo de consulta según lo hallado: apertura con la publicación de la madre el 2008-02-20 y cierre derivado el 2008-03-01 al sumar los diez (10) días del artículo 2º; la fuente digitalizada mediante OCR presenta sellos de fecha incompletos, por lo que conviene confirmar contra la página oficial.Esta ficha describe un proyecto cerrado y adoptado: las obligaciones vigentes deben contrastarse con la Resolución CREG 040 de 2008, que adoptó el reglamento definitivo y declara este proyecto como su origen.La consulta cerró el 1 de marzo de 2008 y el proyecto fue adoptado por la Resolución CREG 040 de 2008, que lo declara como su origen. Esto no agota el debate: el texto definitivo puede haber ajustado el reparto de deberes, los criterios de asignación o la intervención del Auditor, por lo que cualquier evaluación posterior debe contrastar el articulado vigente con el texto propuesto. La fuente digitalizada mediante OCR presenta sellos de fecha incompletos, por lo que las fechas del periodo de consulta deben confirmarse contra la página oficial de la CREG.