CREG PROY 701 106AlcanceLa CREG sometió a consulta pública, por seis (6) horas, un proyecto de resolución que estableció un programa transitorio para la participación de la demanda en la bolsa de energía del mercado mayorista, como medida complementaria ante el mantenimiento de la Planta de Regasificación ubicada en Cartagena, programado del 10 al 14 de octubre de 2025. Aplicaba a todos los usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica, a los agentes que desarrollan la actividad de comercialización en el SIN, al CND y al ASIC, y definía las condiciones, requisitos y procedimientos para ofrecer reducciones de demanda los días 12, 13 y 14 de octubre de 2025. El proyecto fue adoptado por la Resolución CREG 101 084 de 2025, que lo declara como origen.Síntesis ejecutivaEl Mecanismo RD permitía a usuarios o grupos de usuarios ofertar reducciones de demanda en la bolsa de energía a cambio de un incentivo económico, con participación voluntaria y ofertas vinculantes presentadas a través de un Representante RD. Cada oferta cubría los tres días comprendidos entre el 12 y el 14 de octubre de 2025, desagregada por día, por una reducción de cero o igual o superior a un (1) MW y con precio único en pesos por megavatio hora; el CND aceptaba las ofertas cuyo precio fuera inferior o igual al precio de reserva que determinaría el Comité de Expertos de la CREG. Solo podían participar fronteras comerciales DDV con línea base de consumo mayor que cero, equipos de medición operativos y sin contrato vigente de desconexión para el día ofertado. El costo del mecanismo se adicionaba al costo total de restricciones del SIN, el ASIC lo asignaba a prorrata de la demanda comercial y la remuneración correspondía a la cantidad verificada multiplicada por el precio ofertado, replicando los lineamientos operativos de las Resoluciones CREG 101 043, 101 054 y 101 065 de 2024. La Resolución CREG 101 084 de 2025 cerró el proyecto como origen. Conviene revisar también las Resoluciones CREG 080 de 2019, 038 de 2014, 024 de 1995, 084 de 2007, 157 de 2011 y 101 019 de 2022, y la Circular MME 40030 de 2025 con la Res. MME 40418 de 2025.Plazos e hitos2025-10-09: fecha oficial impresa en el encabezado del proyecto para consulta, asociada en el texto a la sesión 1408.Incertidumbres y controlesLa ventana de actuación fue extrema: consulta de seis horas, ofertas el 11 de octubre y ejecución entre el 12 y el 14 de octubre de 2025, lo que dejaba margen mínimo para coordinar a usuarios, Representantes RD, CND y ASIC.El precio de reserva lo fijaba el Comité de Expertos de la CREG mediante comunicación reservada al CND; su valor no consta en el texto, por lo que el incentivo efectivo no puede deducirse de esta ficha.La regla vigente debe contrastarse con la Resolución CREG 101 084 de 2025 para confirmar la coincidencia material con los lineamientos de las Resoluciones CREG 101 043, 101 054 y 101 065 de 2024.La ficha describe un proyecto cerrado y adoptado; la regla vigente debe contrastarse con la Resolución CREG 101 084 de 2025. La atractividad efectiva del precio de reserva y el volumen de ofertas aceptado por el CND no constan en el texto del proyecto y deben consultarse en la liquidación del ASIC.