CREG PROY 701 148AlcanceLa CREG propone ofrecer a los agentes generadores con plantas o unidades del Grupo de Plantas con Precios Variables Superiores (PCVS), definido en la Resolución CREG 101 066 de 2024, una opción voluntaria para cambiar la pareja de Cargo por Confiabilidad y precio de escasez de sus Obligaciones de Energía Firme (OEF). El cambio combinaría el Precio de Escasez Superior (PES) con un cargo recalculado, mediante menús de corto plazo para los períodos 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028, y de largo plazo para las OEF que inicien desde 2028-2029. [1]Síntesis ejecutivaEl Documento CREG 901 439 de 2026 identifica un riesgo para algunas plantas PCVS que mantienen OEF liquidadas al precio de escasez original: durante condiciones críticas podrían recibir una remuneración insuficiente para cubrir sus costos variables. La alternativa busca reducir ese riesgo y contribuir a la disponibilidad de esos recursos de generación, sin convertir el cambio de precio en una migración obligatoria. [2, secciones 3 a 5]La transición propuesta no consistiría en elevar el precio de escasez conservando intacto el cargo recibido. El ASIC calcularía una nueva remuneración mediante la comparación del valor presente de los pagos con la pareja original y con la pareja de transición. Después de conocer el resultado, cada agente podría aceptar expresamente la nueva pareja para las plantas que identifique, dentro del plazo correspondiente. [1, menús de transición y procedimiento de cálculo]Para la demanda, el diseño busca compensar el cambio de precio de escasez mediante el ajuste del cargo. El efecto sobre el costo del servicio dependería de las plantas que efectivamente se acojan y de los supuestos del cálculo; el ejemplo del documento soporte no representa una reducción universal de la tarifa ni un ahorro garantizado. [2, secciones 5 y 6]Mecanismo propuestodeterminaría e informaría los cargos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor del eventual acto para el menú de corto plazo, y dentro de los diez días hábiles siguientes para el menú de largo plazo.una vez surtido el cálculo y la información del ASIC, dispondrían de un máximo de diez días hábiles para comunicar si aceptan la nueva pareja. La comunicación sería suscrita por el representante legal e identificaría las plantas a las que aplica. La falta de manifestación expresa e inequívoca dentro del plazo significaría que el agente no optó por el menú.el día hábil siguiente al vencimiento del plazo de aceptación publicaría en su página web el listado de plantas acogidas y sus representantes.para el menú de corto plazo del período 2025-2026, la nueva pareja comenzaría a aplicarse el primer día del mes siguiente al mes de publicación del listado. Para 2026-2027 y 2027-2028, comenzaría al iniciar la vigencia de la obligación respectiva. En el menú de largo plazo, la aplicación iniciaría en el período correspondiente y cubriría todo el tiempo restante de las OEF.Actores afectadospodrían evaluar el cargo informado por el ASIC y decidir si aceptan la transición. El problema descrito por la CREG se concentra en las plantas que conservan OEF liquidadas al precio de escasez original y que podrían enfrentar dificultades para cubrir costos durante condiciones críticas. [1, ámbito y menús; 2, sección 3]asumiría las actuaciones propuestas de cálculo, información, publicación de las plantas acogidas y consideración de las nuevas parejas cargo-precio para los períodos respectivos. [1, menús de transición]podrían recibir efectos a través de las compras en bolsa y del costo del servicio. Su magnitud dependería de la participación efectiva en los menús; no sería equivalente, por sí sola, a la variación ilustrativa del cargo de una planta. [2, secciones 2, 5 y 6]Impacto potencialLa finalidad de confiabilidad se apoya en facilitar que las plantas identificadas por la CREG puedan cubrir sus costos operativos en condiciones críticas y seguir disponibles para cumplir las OEF. Ese es el resultado buscado por la intervención, no un efecto ya demostrado del proyecto. La participación seguiría siendo voluntaria y dependería de la aceptación de la pareja recalculada. [1; 2, secciones 3 a 5 y 8]El ejercicio del Documento CREG 901 439 toma como referencia agosto de 2026 y muestra una TRM de 3.150 COP/USD, OEF de 1 GWh/mes, compras en bolsa del 16,6 % y una tasa de descuento ilustrada del 0,949 % mensual. Compara un Precio Marginal de Escasez de 667,0 COP/kWh y un cargo de 20,9 USD/MWh con un PES de 1.092,8 COP/kWh y un cargo de menú de 19,2 USD/MWh. Son supuestos y valores del ejemplo, no cotizaciones actuales ni cargos aplicables a todos los agentes. [2, sección 6]El documento presenta una disminución ilustrativa de 1,72 USD/MWh y su equivalente mostrado de 5,41 COP/kWh. También advierte que ese valor debe ajustarse por la participación de los agentes que posiblemente se acojan para evaluar el impacto sobre el costo unitario del servicio. Por ello, una disminución de la prima en el ejercicio no permite afirmar que todos los usuarios ahorrarían esa cantidad. [2, sección 6]Preguntas para la discusión¿El recálculo conjunto del cargo y el precio de escasez ofrece incentivos suficientes para que las plantas PCVS acepten voluntariamente la transición? [1, menús y procedimiento; 2, sección 5]¿Cómo incidirían la participación efectiva de las plantas y el supuesto de compras en bolsa del 16,6 % en el impacto sobre el costo unitario del servicio? [1, procedimiento; 2, sección 6]¿Qué tan representativo resulta un horizonte de 60 meses con condición crítica en los últimos seis para evaluar la compensación entre las parejas cargo-precio? [1, procedimiento de cálculo]Límites de la propuestaLa opción se circunscribiría a las plantas comprendidas en el grupo PCVS y a las OEF y períodos previstos en cada menú. El horizonte de 60 meses pertenece al procedimiento de cálculo: no sustituye los períodos de aplicación del menú ni demuestra que una condición crítica ocurrirá en los últimos seis meses. [1, ámbito, menús y procedimiento]La neutralidad al riesgo para el usuario es un objetivo del diseño de la pareja cargo-precio. El documento soporte la plantea como fundamento de la alternativa, mientras que la estimación del impacto sobre el costo unitario conserva la condición de participación de los agentes. No se desprende de ello una garantía individual de ahorro o de cobertura de costos para cada planta. [2, secciones 5, 6 y 8]Documentos para contrastarResolución CREG 101 066 de 2024: referencia para la definición del grupo PCVS y los precios de escasez diferenciados mencionados por el proyecto. [1, considerandos y ámbito]Resolución CREG 101 097 de 2026: antecedente sobre la liquidación de desviaciones de OEF, citado en la explicación de los incentivos y ajustes del Cargo por Confiabilidad. [1, considerandos; 2, sección 1]Resolución CREG 101 102 de 2026: antecedente de la oportunidad de transición al Precio de Escasez Inferior que el soporte contrasta con la opción propuesta para las PCVS. [1, considerandos; 2, sección 3.2]