CREG RES 101 064AlcanceLa CREG define cargos máximos transitorios para generación solar fotovoltaica centralizada con alimentación directa a red y para recursos de acumulación solar fotovoltaica en Zonas No Interconectadas. Aplica a prestadores organizados bajo el Título I de la Ley 142 de 1994 en mercados relevantes que, al entrar en vigor la norma, no tuvieran cargos vigentes para esas tecnologías.Síntesis ejecutivaLa resolución separa los componentes de inversión y AOM de cada tecnología y los integra, junto con los cargos diésel e hidráulico, en el cargo máximo de generación del mercado relevante. Para solar directa fija, en pesos de diciembre de 2006, una inversión máxima de $2.037,75/kWh-año, AOM de $67,53/kWh, tasa de descuento de 15,22 % y vida útil de 25 años. Para acumulación fija inversión de $2.875,39/kWh-año, AOM de $54,21/kWh, tasa de 15,22 %, vida útil de 10 años y eficiencia de 0,922. Los factores de recurso solar y transporte se obtienen del modelo anexo, y la actualización usa provisionalmente el IPP de oferta interna.Obligaciones, facultades y recomendacionesPREST_ZNI: calcular el cargo con la energía entregada por cada recurso durante los doce meses anteriores, o con la información acumulada mientras completa ese histórico; excluir las inversiones financiadas con recursos públicos previstas en el artículo 87.9 de la Ley 142 de 1994.PREST_ZNI: publicar mensualmente, antes de aplicarlas, las tarifas y cada componente del costo en lenguaje simple y por un medio de amplia divulgación o acceso efectivo en los municipios atendidos.PREST_ZNI: comunicar los nuevos valores a la SSPD y a la CREG; dentro de libertad regulada, aplicarlos desde el mes siguiente a su publicación.Solicitantes con actuaciones en curso: desistir, si así lo deciden, de solicitudes individuales de cargos para estas tecnologías y acogerse a la resolución.Plazos e hitos2024-10-31: fecha de expedición.2024-12-06: publicación en el Diario Oficial 52.962 y entrada en vigencia.Incertidumbres y controlesLa fecha del acto y la fecha de entrada en vigor no coinciden: los cargos solo pudieron aplicarse después de la publicación en el Diario Oficial.La transitoriedad exige verificar si ya entró en vigor una metodología general que modifique o sustituya la Resolución CREG 091 de 2007 antes de usar estas fórmulas en una decisión tarifaria actual.