MME RES 0462AlcanceResolución del Ministerio de Minas y Energía que ordena el giro de recursos por concepto de subsidios a la tarifa de energía eléctrica, correspondientes al pago de los saldos del segundo trimestre de 2025 a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACÍFICO S.A. E.S.P. (DISPAC) y al pago del cuarto trimestre de 2025 a las empresas prestadoras del servicio en el Sistema Interconectado Nacional (SIN). El giro se realiza con cargo al Presupuesto Nacional y/o al FSSRI, conforme al artículo 2.2.3.2.6.1 del Decreto 1073 de 2015.Síntesis ejecutivaLa resolución concreta dos componentes de giro en un mismo acto: el reconocimiento del saldo del déficit de subsidios de DISPAC del segundo trimestre de 2025, y la distribución del cuarto trimestre de 2025 a las empresas prestadoras del SIN. La operación se realiza con base en la conciliación trimestral de subsidios y contribuciones reportada por los prestadores al MME. Conviene revisar también la Resolución MME 0460 de 2026, que cubre el primer pago de Q1 2026 en el SIN, y la Resolución MME 0463 de 2026, que cubre un giro particular a CEDENAR en el mismo periodo.Obligaciones, facultades y recomendacionesMME - Grupo de Tesorería: girar a DISPAC S.A. E.S.P. el saldo de Q2 2025 y a cada comercializador del SIN incluido en la distribución el valor de Q4 2025, con cargo al Presupuesto Nacional y/o al FSSRI.DISPAC S.A. E.S.P. y demás comercializadores: sostener la conciliación trimestral ante el MME y atender los requerimientos de validación.SSPD: vigilar la adecuada utilización de los recursos girados.Plazos e hitos2026-03-27: radicados 3-2026-017317 y 3-2026-017323 de la Dirección de Energía Eléctrica.2026-04-23: expedición de la presente resolución.