MME RES 0463AlcanceResolución del Ministerio de Minas y Energía que ordena el giro a CENTRALES ELÉCTRICAS DE NARIÑO S.A. E.S.P. (CEDENAR) de los subsidios por menores tarifas del sector eléctrico, correspondientes al cuarto trimestre de 2025 y a un pago parcial del primer trimestre de 2026, por la prestación del servicio en las Zonas No Interconectadas del departamento de Nariño. El reconocimiento opera con cargo al FSSRI, conforme al artículo 99 de la Ley 142 de 1994 (adicionado por el artículo 2 de la Ley 1117 de 2006) y al marco del Contrato Especial GGC-098 de 27 de febrero de 2015 celebrado con el Ministerio, incluyendo la cesión del servicio en Puerto Leguízamo desde EMPULEG.Síntesis ejecutivaLa resolución concreta un giro particular a CEDENAR en su condición de prestador y comercializador en las ZNI de Nariño y de la línea Cauca-Nariño (COCANA), tras la cesión de EMPULEG respecto de la operación de Puerto Leguízamo. La aplicación se realiza con base en la conciliación trimestral validada por el MME. Conviene revisar también la Resolución MME 0168 de 2026, que cubre los subsidios históricos de la línea COCANA anteriores a la integración de CEDENAR como comercializador.Obligaciones, facultades y recomendacionesMME - Grupo de Tesorería: girar a CEDENAR S.A. E.S.P. el valor de Q4 2025 y del pago parcial de Q1 2026, con cargo al FSSRI.CEDENAR S.A. E.S.P.: sostener la conciliación trimestral ante el MME y mantener la información de consumos en el SUI.EMPULEG: mantener vigente la cesión contractual y operativa del servicio en Puerto Leguízamo.SSPD: vigilar la adecuada utilización de los recursos del FSSRI.Plazos e hitos2026-04-17: radicado 3-2026-021586 de la Dirección de Energía Eléctrica.2026-04-23: expedición de la presente resolución.