MME RES 40117AlcanceLa resolución modifica el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), organizado en cuatro libros que forman parte integral del acto. Aplica a las instalaciones eléctricas, a los productos utilizados en ellas y a las personas naturales o jurídicas que intervengan. Regula requisitos técnicos y de evaluación de la conformidad, incluidos productos asociados con generación distribuida y autogeneración a pequeña escala, y establece transiciones diferenciadas para productos, instalaciones y personas.Síntesis ejecutivaEl acto actualiza integralmente el RETIE y fija condiciones para demostrar la conformidad de productos, instalaciones y competencias profesionales. Para productos, permite durante quince meses desde la publicación continuar otorgamientos, seguimientos y renovaciones bajo la Resolución 90708 de 2013 y mantiene por el mismo periodo la validez de conceptos de equivalencia ya emitidos; durante ciertas condiciones admite declaración de conformidad del proveedor para productos incorporados por primera vez. Para instalaciones exige documentar la fecha de inicio de obra y prevé una transición vinculada a la acreditación de organismos de inspección. Los inspectores y organismos evaluadores deben actualizar sus alcances dentro de los seguimientos, renovaciones o plazos previstos. La resolución rige desde su publicación y deroga el Anexo General del RETIE expedido mediante la Resolución 90708 de 2013, sus modificaciones y las disposiciones contrarias.Obligaciones, facultades y recomendacionesOrganismos emisores de certificados: expedir certificados de producto conforme al nuevo reglamento y contar con la acreditación correspondiente.Fabricantes y responsables de productos: demostrar la conformidad según el Libro 4 y las condiciones transitorias aplicables.Organismos de inspección: verificar los soportes de la fecha de inicio de obra y aplicar los requisitos de certificación que correspondan.Inspectores: actualizar su categoría o ámbito específico de certificación en el seguimiento o renovación más próximo.Organismos evaluadores de la conformidad: actualizar ante el ONAC su alcance específico de acreditación en el seguimiento o renovación más próximo.ONAC: informar al MME y a la SIC la acreditación de organismos de certificación con alcance en la resolución, identificando los productos cubiertos.Personas naturales y jurídicas que intervengan instalaciones: cumplir los requisitos del reglamento según el libro aplicable.Plazos e hitos2013-08-30: fecha de la Resolución 90708 de 2013, cuyo Anexo General del RETIE es derogado por este acto.2024-04-02: fecha de expedición que figura en el título y el cierre de la resolución.Incertidumbres y controlesEl cuerpo de siete páginas y el consolidado oficial de 63.111.298 bytes se conservan separadamente. El consolidado incluye los cuatro libros y anexos del RETIE y quedó verificado por SHA-256; los anexos no generan fichas públicas independientes.La publicación oficial se verificó en el Diario Oficial 52.716 del 3 de abril de 2024; se mantiene separada de la fecha documental del 2 de abril.El texto procesado contiene errores de OCR en encabezados y algunas fechas, pero la fecha del 2 de abril de 2024 se repite en el título y en el cierre del acto.La vigencia consolidada debe leerse junto con las modificaciones posteriores del RETIE, incluida la Resolución MME 40284 de 2026.