CNO ACU 1224AlcanceEl Consejo Nacional de Operación aprobó el procedimiento para probar las características del control de potencia activa/frecuencia de plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR. Comprende pruebas de estatismo, banda muerta, tiempos de respuesta, respuesta rápida en frecuencia y rampas operativas, con protocolos diferenciados para plantas con y sin control centralizado. Su vigencia documental inició el 30 de septiembre de 2019, pero fue sustituido posteriormente.Síntesis ejecutivaEl Acuerdo aprobó el procedimiento técnico exigido para verificar la respuesta de plantas eólicas y solares ante variaciones de frecuencia y consignas de potencia. El anexo define protocolos de medición, escalones, registros, criterios de cálculo y reportes para instalaciones con o sin control centralizado. No es la regla vigente: el Acuerdo CNO 1741 de 2023 lo sustituyó expresamente.Obligaciones, facultades y recomendacionesCNO: aprobar el procedimiento de pruebas conforme a sus competencias.Plantas eólicas y solares: realizar las pruebas y remitir sus resultados al CND conforme a los protocolos y plazos aplicables.CND: recibir los resultados y realizar el seguimiento posoperativo previsto en el procedimiento.Plazos e hitos2019-09-30: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo.2019-09-30: vencimiento del plazo considerado para que el CNO definiera los términos y plazos de las pruebas.Incertidumbres y controlesEl texto procesado presenta errores puntuales de OCR; la identidad, fecha, objeto y contenido técnico principal son legibles.La fecha de publicación web no aparece rotulada en la fuente madre; se conserva la fecha documental como respaldo autorizado.