CNO ACU 1322AlcanceEl Acuerdo actualiza los requisitos técnicos de protección para conectar sistemas de generación al SIN y añade lineamientos para sistemas que compartan activos de conexión. Comprende cualquier tecnología, capacidad y nivel de tensión, con requisitos diferenciados para el punto de conexión o la frontera compartida, la unidad de generación y las condiciones de coordinación con la red.Síntesis ejecutivaLa actualización conserva funciones mínimas de protección, interrupción, puesta a tierra, servicios auxiliares, anti-isla, sincronismo y registro de eventos, y ajusta su aplicación por tecnología, capacidad y nivel de tensión. Para activos compartidos, exige coordinar las protecciones de cada planta o unidad con las demás instalaciones y con la red existente, e implementar en la frontera compartida los requisitos que correspondan. Rige desde el 30 de junio de 2020 y sustituye el Acuerdo CNO 1258 de 2019. El Acuerdo CNO 1522 de 2022 lo sustituyó posteriormente.Obligaciones, facultades y recomendacionesPromotor del proyecto: proteger la instalación y el punto de conexión con esquemas selectivos y coordinados con la red.Promotor del proyecto: reportar al transportador nacional u operador de red los ajustes y la información de protecciones requerida para aprobar el punto de conexión.Agente generador representante de la frontera compartida: reportar la información de protecciones de las instalaciones que comparten activos.Promotor del proyecto: coordinar con el transportador nacional u operador de red los ajustes de las plantas conectadas a una frontera compartida.Transportador nacional u operador de red: validar la coordinación de protecciones y autorizar modificaciones posteriores de los ajustes del punto de conexión.Promotor del proyecto: realizar estudios, implementar y mantener la protección anti-isla y las protecciones adicionales que resulten necesarias.Plazos e hitos2020-06-30: expedición y entrada en vigencia del acuerdo.