CNO ACU 1897AlcanceEl CNO actualiza los requisitos y procedimientos técnicos para que las unidades conectadas al Sistema Interconectado Nacional presten el servicio de regulación secundaria de frecuencia o AGC. El Acuerdo regula la oferta por unidad y planta, el cambio de parámetros, las pruebas de integración y sintonía, el mantenimiento de parámetros, la atención de anomalías y el retiro temporal de unidades. Rige desde el 14 de noviembre de 2024 y no crea una ficha independiente para el archivo declarado como anexo.Síntesis ejecutivaEl Acuerdo reorganiza el procedimiento técnico de integración y permanencia de unidades en el AGC. El agente debe realizar pruebas de campo, regulación autónoma, comunicaciones y sintonía, y entregar al CND la información necesaria para modelar la unidad. El CND revisa resultados, actualiza parámetros en sus bases de datos, informa su fecha de aplicación y publica los cambios técnicos. También se precisan las ofertas de disponibilidad por unidad y planta, la reasignación de reserva ante indisponibilidad, las acciones frente a anomalías y las causales de retiro temporal. El Acuerdo fue posteriormente sustituido por el Acuerdo CNO 2137 de 2026.Obligaciones, facultades y recomendacionesAgentes generadores: realizar las pruebas requeridas, remitir sus resultados al CND, solicitar la integración y coordinar las pruebas oficiales.Agentes generadores: informar al CND las intervenciones que puedan afectar los parámetros de AGC y coordinar la nueva sintonía.Agentes generadores: presentar ofertas de disponibilidad por unidad y planta con 24 valores horarios conforme al formato del Acuerdo.CND: revisar las pruebas de campo en hasta un día hábil e informar si la unidad puede continuar con la integración.CND: actualizar los parámetros solicitados en hasta ocho días hábiles e informar al agente desde cuándo aplica el cambio.CND: publicar en su página de parámetros técnicos las modificaciones realizadas.CND: reasignar la holgura ante el retiro temporal e informar al CNO las causas de la decisión.CND y agentes: coordinar pruebas de verificación, sintonía y acciones correctivas ante anomalías del AGC.Plazos e hitos2024-11-14: expedición, entrada en vigencia y sustitución del Acuerdo CNO 1709 de 2023.Incertidumbres y controlesLa fecha oficial de publicación web no está expuesta en la página madre; se conserva como respaldo la fecha documental de expedición.La página oficial del Acuerdo 2137 identifica expresamente `Anexo_1_Acuerdo_2137.pdf` como parte integral de ese acto. Se retiró de esta ficha la asociación errónea creada por la captura; la evidencia fue reasignada al Acuerdo 2137 sin crear una ficha pública independiente.Los valores de varios parámetros son revaluados por el CND y deben consultarse en el documento técnico que este publique; no se infieren valores ausentes del Acuerdo.