CNO ACU 1955AlcanceEl CNO actualiza el procedimiento para verificar la curva de capacidad de plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR y de autogeneradores conectados sin entrega de excedentes. Define la coordinación, los puntos de prueba, los criterios de cumplimiento, los reportes y la auditoría de resultados. Rigió desde el 3 de abril de 2025 hasta su sustitución posterior; no constituye el procedimiento vigente para pruebas realizadas bajo los acuerdos posteriores.Síntesis ejecutivaEl Acuerdo estableció la coordinación de las pruebas con el CND y, para autogeneradores sin entrega de excedentes, con el operador de red, con una antelación mínima de 15 días. Permitió hasta seis intentos en los casos previstos, definió pruebas en las regiones de absorción y entrega de potencia reactiva, verificaciones ante ausencia de recurso primario y reglas de tolerancia, auditoría y reporte. El agente debía declarar la curva resultante dentro de los 15 días siguientes al concepto del CND y entregar el informe final dentro de los 30 días calendario posteriores a la prueba. Los Acuerdos CNO 2138 y 2153 de 2026 lo sustituyeron expresamente.Obligaciones, facultades y recomendacionesAgentes generadores: coordinar las pruebas, suministrar registros y declarar la curva de capacidad cuando los resultados sean exitosos.Autogeneradores sin entrega de excedentes: coordinar las pruebas con el OR y el CND, reportar las curvas en el POM y entregar los soportes previstos.CND: coordinar consignas y cronogramas, evaluar condiciones operativas, hacer seguimiento posoperativo y presentar balances semestrales.Auditores: verificar condiciones, registros, resultados, calibración de equipos y elaborar los informes preliminar y detallado.Plazos e hitos2025-04-03: expedición y entrada en vigencia.Incertidumbres y controlesLa fuente procesada no expone una etiqueta independiente de fecha de publicación; se conserva como fecha documental y respaldo la fecha oficial de expedición, con la metadata de ausencia correspondiente.El procedimiento rigió históricamente, pero los documentos posteriores identifican sustituciones expresas; para un análisis actual debe verificarse cuál acuerdo aplica a la fecha de la prueba.