CNO ACU 2152AlcanceEl CNO aprueba la actualización de los requerimientos para la obtención y validación de los parámetros y modelos del sistema de control de plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR, y define las pautas para las pruebas y reajustes de los controles y de los generadores embebidos conforme al artículo 28 de la Resolución CREG 101 098 de 2026. El Acuerdo sustituye al Acuerdo CNO 1954 de 2025 y desarrolla el numeral 8.2.4 del Código de Conexión adicionado por el artículo 5 de la Resolución CREG 060 de 2019 y el numeral 2.2.1.1 del Código de Operación adicionado por su artículo 10. El Subcomité de Controles (reunión 337) y el Comité de Operación (reunión 495) recomendaron la expedición, aprobada en la reunión CNO 832 del 7 de mayo de 2026.Síntesis ejecutivaLos agentes de plantas nuevas deben entregar al CND los modelos validados desencriptados en la herramienta de simulación, en diagramas de bloques en el dominio de Laplace, dentro de los plazos previstos en la Resolución CREG 060 de 2019; los agentes de plantas existentes deben hacerlo dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del Acuerdo. La actualización de modelos aplica a modernizaciones (45 días calendario), cambio de parámetros (30 días calendario con notificación previa de 15 días), desempeño inadecuado (6 meses tras notificación del CND) y actualización periódica por incumplimiento de los índices de coherencia. Conviene revisar también el Acuerdo CNO 1954 de 2025, sustituido por el presente, y la Resolución CREG 101 098 de 2026.Obligaciones, facultades y recomendacionesAgentes de plantas de generación eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN o STR que entren en operación comercial con posterioridad a la vigencia del Acuerdo: entregar al CND el modelo y los parámetros validados de la planta y sus controles, en los plazos previstos en la Resolución CREG 060 de 2019, en diagramas de bloques en el dominio de Laplace conforme al Anexo 2.Agentes de plantas existentes en operación comercial al inicio de la vigencia: entregar los modelos y parámetros validados dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del Acuerdo.Agentes que realicen modernizaciones o cambios de parámetros: actualizar y enviar al CND los modelos en los plazos previstos (45 días calendario para modernizaciones, 30 días calendario para cambios de parámetros con notificación previa de 15 días).Agentes con desempeño inadecuado de modelos: actualizar los modelos en un plazo de seis meses contados desde la notificación del CND.CND: recibir y validar los modelos, realizar seguimiento posoperativo e informar al agente cualquier desempeño inadecuado.Plazos e hitos2026-04-21: concepto favorable del Subcomité de Controles (reunión 337).2026-04-30: recomendación del Comité de Operación (reunión 495).2026-05-07: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo (reunión CNO 832).