CNO ACU 2163AlcanceEl CNO aprueba el documento "Procedimiento para el reporte y envío de eventos de la Red de Activos de Conexión Compartida de Generación por parte de los agentes al Centro Nacional de Despacho", en desarrollo del artículo 18 de la Resolución CREG 101 098 de 2026 sobre disponibilidad de activos y maniobras, que define el tiempo m y la hora t de reporte al CND. El Comité de Distribución (reunión 339 del 26 de mayo de 2026), el Comité de Transmisión (reunión 269 del 27 de mayo de 2026) y el Comité de Operación (reunión 497 del 28 de mayo de 2026) recomendaron la expedición, aprobada en la reunión CNO 834 del 4 de junio de 2026.Síntesis ejecutivaEl procedimiento anexo al Acuerdo regula el reporte al CND de los eventos sobre los activos que componen la RACC, sean programados o no programados, así como el registro de los cambios de disponibilidad y maniobras operativas en los sistemas de información del CND, y precisa el tiempo m y la hora t definidos por el artículo 18 de la Resolución CREG 101 098 de 2026. El representante de los activos ejecuta las maniobras necesarias bajo la coordinación del CND y reporta oportunamente; la información reportada se contrasta con la del SCADA del CND, que prevalece en caso de inconsistencia. La información se utiliza para la operación y para el cálculo de la MCPCC prevista en el artículo 20 de la Resolución CREG 101 098 de 2026.Obligaciones, facultades y recomendacionesRepresentante de los activos de la RACC: reportar al CND los eventos sobre los ACC en el tiempo m definido; registrar los cambios de disponibilidad y maniobras operativas en los sistemas de información del CND antes de la hora t del día posterior a la operación; ejecutar las maniobras necesarias bajo la coordinación del CND.CND: recibir y contrastar la información reportada con el SCADA; prevalecer la información del SCADA en caso de inconsistencia; utilizar la información para la operación y el cálculo de la MCPCC.Comités de Distribución, Transmisión y Operación: ejercer seguimiento al cumplimiento del procedimiento y al desempeño del representante de los activos.CNO: mantener la trazabilidad del procedimiento y de su actualización cuando las condiciones del sistema o la regulación lo requieran.Plazos e hitos2026-05-26: recomendación del Comité de Distribución (reunión 339).2026-05-27: recomendación del Comité de Transmisión (reunión 269).2026-05-28: recomendación del Comité de Operación (reunión 497).2026-06-04: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo (reunión CNO 834).