CNO ACU 2164AlcanceEl CNO modifica el procedimiento para el reporte de información y la realización de pruebas del Esquema de Deslastre Automático de Carga (EDAC), para garantizar su desempeño y la seguridad del SIN frente a la creciente integración de generación distribuida en los SDL. El Acuerdo sustituye al Acuerdo CNO 1059 de 2018 y adopta un esquema rotativo del 25% anual por etapa durante un periodo de cuatro años; precisa los criterios para la funcionalidad por umbral y por derivada de frecuencia (df/dt), la clasificación de circuitos y el régimen semestral de estadísticas. El SAPE (reunión 398) y el Subcomité de Protecciones (reunión 211) dieron concepto favorable; el Comité de Distribución (reunión 339) y el Comité de Operación (reunión 497) recomendaron la expedición, aprobada en la reunión CNO 834 del 4 de junio de 2026.Síntesis ejecutivaEl Acuerdo establece que a partir de 2027 los operadores de red deben probar anualmente al 25% de los circuitos de cada etapa del EDAC, cubriendo el 100% en un periodo de cuatro años, con reporte de resultados al CND a más tardar el 31 de agosto de cada año a través del Portal del EDAC en la página de XM. Para 2026, conforme al parágrafo 2 del artículo 3, se mantiene la obligación de probar al 100% de los circuitos de las etapas previamente seleccionadas mediante el Acuerdo CNO 2105 de 2026. El Acuerdo precisa los criterios de éxito de las pruebas (desviaciones en frecuencia ±0,03 Hz y en temporización ±50 ms para la funcionalidad por umbral; ±0,1 Hz/s para la derivada de frecuencia) y los efectos de su incumplimiento, con reporte del CND al CNO y a la SSPD. Conviene revisar también el Acuerdo CNO 1059 de 2018, sustituido por el presente, y el Acuerdo CNO 2105 de 2026 sobre la selección previa de etapas para 2026.Obligaciones, facultades y recomendacionesCND: presentar en las reuniones de enero del Subcomité de Análisis y Planeación Eléctrica y del Comité de Distribución el estudio de revisión y actualización del EDAC; recibir y revisar los reportes de los operadores de red; realizar los análisis eléctricos con los PDDB y PDDM; reportar al CNO y a la SSPD los incumplimientos y las inadecuadas actuaciones del esquema.Operadores de red: a partir de 2027, probar anualmente al 25% de los circuitos de cada etapa del EDAC; reportar al CND los resultados de las pruebas a más tardar el 31 de agosto de cada año en el Portal del EDAC; reportar al CND a más tardar el 31 de agosto la información del EDAC implementado por Mercado de Comercialización; probar la funcionalidad de derivada de frecuencia cuando aplique; remitir semestralmente las estadísticas de disponibilidad de demanda neta.Operadores de red con cambios derivados de la revisión: implementar los cambios generados en su sistema hasta el 15 de diciembre de cada año.Subcomité de Análisis y Planeación Eléctrica (SAPE): conceptuar sobre el estudio del CND y sobre las contingencias en generación y transmisión a considerar en el diseño del esquema; analizar las estadísticas semestrales.Comité de Distribución y Comité de Operación: recomendar al CNO la expedición del acuerdo correspondiente a partir del estudio del CND y del concepto del SAPE.SSPD: recibir los reportes del CND sobre incumplimientos y participar en los comentarios al CNO sobre el desempeño de los operadores.Plazos e hitos2026-05-21: concepto favorable del SAPE (reunión 398).2026-05-22: concepto favorable del Subcomité de Protecciones (reunión 211).2026-05-27: recomendación del Comité de Distribución (reunión 339).2026-05-28: recomendación del Comité de Operación (reunión 497).2026-06-04: expedición y entrada en vigencia del Acuerdo (reunión CNO 834).2026-08-31: reporte anual de información del EDAC implementado por MC y de resultados de pruebas.2026-09-30: fecha límite para que los operadores de red remitan la información corregida tras comentarios del CND.2026-12-15: fecha límite para implementar los cambios derivados de la revisión del CND.