CREG PROY 701 062AlcanceLa CREG sometió a consulta pública, por tres (3) días hábiles contados desde su publicación en el portal web, un proyecto de resolución que propuso la regulación exigida en los numerales 7.1, 7.2 y 7.3 del numeral 7 del artículo 4 de la Resolución MME 40311 de 2020, modificada por la Resolución MME 40042 de 2024, sobre los nuevos lineamientos al esquema de modificación de la fecha de puesta en operación, FPO, y sus garantías. La propuesta modificaba el artículo 17 de la Resolución CREG 075 de 2021 y aplicaba a los proyectos clase 1 con asignación de capacidad de transporte no liberada. El proyecto fue adoptado por la Resolución CREG 101 049 de 2024, que lo declara como origen.Síntesis ejecutivaLa propuesta definió dos alternativas para modificar la FPO de un proyecto clase 1: mediante aumento del valor de cobertura de la garantía para reserva de capacidad, con adiciones acumulables que no podían superar veinticuatro meses, o mediante causales como fuerza mayor, orden público, atrasos en permisos o retrasos en obras de expansión del SIN, sin aumentar la garantía. Precisó fórmulas para actualizar el valor de la garantía diferenciando proyectos que hubieran actualizado o no su cobertura antes del 30 de julio de 2024, permitió desistir de trámites en curso y fijó dos meses para constituir la garantía para reserva de capacidad de proyectos de subastas de largo plazo cuya garantía de puesta en operación fue ejecutada. Ajustó además la definición de FVPO última modificada de la Resolución CREG 186 de 2021 y ordenó a la UPME expedir conceptos de conexión con aplazamiento de la FPO en solicitudes del calendario 2023 en trámite. La expedición cumplió una orden judicial confirmada en segunda instancia, en lugar de las medidas transitorias antes previstas.Obligaciones, facultades y recomendacionesInteresados en proyectos clase 1: solicitar la modificación de la FPO entregando al ASIC la garantía con valor de cobertura actualizado y la nueva curva S, con copia a la UPME.ASIC: verificar la actualización del valor de cobertura, aceptar la garantía y comunicar la aprobación a la UPME.UPME: aprobar las modificaciones de FPO por causales y aplazar la FPO solicitada en los conceptos de conexión de asignaciones en trámite del calendario 2023.Adjudicatarios de subastas de largo plazo: constituir la garantía para reserva de capacidad dentro de los dos meses siguientes cuando les fue ejecutada la garantía de puesta en operación.Plazos e hitos2024-08-27: aprobación del proyecto para consulta en la sesión 1333.2024-09-02: cierre de la recepción de comentarios.Incertidumbres y controlesLa regulación respondió al fallo del Juzgado 54 Administrativo del Circuito de Bogotá del 31 de julio de 2024, confirmado parcialmente y modificado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 22 de agosto de 2024; el texto no evalúa efectos de futuras decisiones judiciales sobre la norma adoptada.Las fórmulas de actualización de la garantía dependen de la historia del proyecto, incluida la actualización de cobertura antes del 30 de julio de 2024 y las duplicaciones de cobertura, por lo que el resultado varía caso a caso.Las medidas transitorias evaluadas en la Circular CREG 032 de 2024 fueron sustituidas por la regulación exigida judicialmente, según lo advierte el propio proyecto.La ficha describe un proyecto cerrado y adoptado; la regla vigente debe contrastarse con la Resolución CREG 101 049 de 2024. La regulación respondió a una orden judicial confirmada en segunda instancia, en lugar de las medidas transitorias antes previstas, y el texto no evalúa efectos de futuras decisiones judiciales sobre la norma adoptada. Las fórmulas de actualización de la garantía varían caso a caso según la historia del proyecto, incluida la actualización de cobertura antes del 30 de julio de 2024 y las duplicaciones de cobertura.