CREG PROY 701 141AlcanceLa CREG propuso adicionar el procedimiento de predespacho ideal de la Resolución CREG 062 de 2000 para incorporar ofertas horarias de reducción de demanda. El CND compararía, para las veinticuatro horas, un escenario sin activación y otro con esas ofertas, incluiría sus precios y cantidades en el modelo y descontaría del pronóstico posterior las reducciones aceptadas, sin considerar inflexibilidades de las plantas ni restricciones del SIN en ese cálculo ideal.Síntesis ejecutivaEl proyecto planteó incorporar las ofertas de reducción de demanda al predespacho ideal mediante un parámetro de control. Con k igual a cero, el modelo calcularía el escenario base sin activar esas ofertas; con k igual a uno, incluiría su costo y cantidad en la función objetivo y en la restricción de balance. La aceptación dependería de que el ahorro estimado en compras de energía en bolsa fuera al menos igual al costo de activación, y las cantidades aceptadas se restarían del pronóstico de demanda utilizado en procesos posteriores.El factor pdab se tomaría del literal d del artículo 8 de la Resolución CREG 101 111 de 2026 o de las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan. El procedimiento seguiría siendo un cálculo ideal de veinticuatro horas que excluye inflexibilidades de las unidades y plantas y restricciones del SIN; por ello, la comparación propuesta no equivale por sí sola al despacho físico ni demuestra un resultado sobre precios o tarifas.Mecanismo propuestoEl parámetro k permitiría ejecutar el predespacho ideal sin activar la reducción de demanda y, cuando existan ofertas, repetirlo incorporando su precio y cantidad.La restricción económica propuesta compararía el ahorro estimado en compras de energía en bolsa con el costo total de activación de las ofertas de reducción de demanda.Las ofertas aceptadas se tomarían en mérito y sus cantidades se descontarían del pronóstico de demanda empleado en los procesos posteriores.Actores afectadosEl CND aplicaría la formulación propuesta al calcular los escenarios del predespacho ideal y utilizaría el resultado para considerar las ofertas de reducción de demanda.Los participantes cuyas ofertas de reducción de demanda sean consideradas quedarían sujetos al criterio económico incorporado en el modelo.Impacto potencialLa propuesta podría cambiar qué ofertas de reducción de demanda se incorporan al predespacho ideal y cómo sus cantidades afectan los cálculos posteriores. La fuente no demuestra por sí sola un efecto determinado sobre el precio de bolsa o las tarifas.Preguntas para la discusión¿La comparación entre el escenario base y el escenario con reducción de demanda mide adecuadamente el beneficio económico frente al costo de activación?¿Cómo incide el factor pdab definido por la Resolución CREG 101 111 de 2026 en la aceptación de ofertas bajo diferentes condiciones del mercado?¿Qué efectos produce descontar las reducciones aceptadas del pronóstico de demanda utilizado en los procesos posteriores?Límites de la propuestaEl predespacho ideal propuesto se calcularía sin considerar inflexibilidades de las unidades y plantas ni restricciones del Sistema Interconectado Nacional.La fuente principal no define resultados tarifarios ni demuestra que la comparación económica se traduzca en una reducción efectiva de precios.Documentos para contrastarLa Resolución CREG 062 de 2000 contiene el procedimiento de predespacho ideal que el proyecto propuso adicionar.La Resolución CREG 101 111 de 2026 contiene el programa de participación activa de la demanda y la regla a la que se remite el factor pdab.El Documento CREG 901 423 de 2026 fue identificado por la fuente como soporte de los análisis y la justificación de la propuesta.