CREG RES 101 066AlcanceLa CREG reforma el Cargo por Confiabilidad mediante dos grupos tecnológicos y dos precios de escasez: PCVS para plantas que respaldan OEF con combustibles líquidos, mezclas o gas, asociado al Precio de Escasez Superior; y PCVI para plantas respaldadas en más de 50 % con recursos renovables o carbón, asociado al Precio de Escasez Inferior. La resolución modifica la Resolución CREG 071 de 2006 y reglas conexas de bolsa, garantías, demanda desconectable, autogeneración y liquidación.Síntesis ejecutivaEl PES corresponde al Precio Marginal de Escasez de la Resolución CREG 140 de 2017. El PEI parte de un valor de referencia de $359/kWh y se actualiza con el costo de referencia del carbón. Para OEF previamente asignadas, los agentes podían escoger voluntariamente menús de transición de corto plazo para los períodos 2024-2025 a 2026-2027 y de largo plazo desde 2027-2028; las nuevas asignaciones se sujetan al precio correspondiente al grupo tecnológico. El ASIC calcula los cargos ajustados, administra la opción y debe publicar las plantas acogidas. Según los considerandos de la Resolución CREG 101 102 de 2026, ningún agente representante de plantas del grupo con precios variables inferiores se acogió a esos menús. Esa resolución habilitó una nueva oportunidad para las OEF de los períodos 2025-2026 a 2027-2028 y para las que inician a partir del período 2028-2029; por ello, la oportunidad original de esta resolución no debe confundirse con la ventana posterior.Obligaciones, facultades y recomendacionesASIC: calcular los cargos de los menús, informar los resultados, recibir las aceptaciones expresas, publicar los listados y proponer a la CREG los cambios del Anexo 7 de la Resolución CREG 071 de 2006.GEN: decidir por comunicación de su representante legal si acepta la pareja cargo-precio de escasez aplicable; la falta de respuesta dentro del plazo se entiende como no aceptación.CND: publicar los costos de referencia requeridos para actualizar el PEI y aplicar las variables operativas modificadas.Administrador del SIMEM: incorporar los precios de transacción en bolsa y los precios de escasez inferior y superior en la información del mercado.Plazos e hitos2024-11-18: fecha de expedición; vigencia desde la publicación en el Diario Oficial.Incertidumbres y controlesLa aplicación actual debe leerse junto con las resoluciones CREG 101 069 de 2025 y 101 102 de 2026: la primera sustituyó el plazo de implementación y derogó expresamente los artículos 7 y 8 de esta resolución; la segunda habilitó una oportunidad posterior para acogerse al PEI.La clasificación PCVS o PCVI depende del combustible que respalda las OEF y, para PCVI, del umbral superior al 50 % previsto en la definición regulatoria.