CREG RES 101 071AlcanceLa CREG suspende transitoriamente el plazo anual del artículo 9 de la Resolución CREG 075 de 2021 para radicar nuevas solicitudes de asignación de capacidad de transporte de proyectos clase 1. Después de la modificación introducida por la Resolución CREG 101 094 de 2025, la reapertura depende de cerrar el calendario 2023 y publicar la capacidad realmente disponible para el siguiente proceso.Síntesis ejecutivaLa reapertura queda condicionada a que estén en firme todas las decisiones del calendario 2023 y se dé a conocer la capacidad disponible por subestación y nivel de tensión, incluidos incrementos anuales previstos y capacidad de cortocircuito. La Resolución CREG 101 094 de 2025 derogó la condición relativa a responder las solicitudes de concepto aprobatorio de proyectos de expansión y sustituyó la redacción de la condición sobre capacidad disponible. El responsable de asignación debe anunciar un plazo máximo de cumplimiento de los hitos, que no puede superar doce meses; vencido, los interesados disponen de tres meses para radicar.Obligaciones, facultades y recomendacionesUPME, como responsable de asignación: completar los hitos pendientes, publicar la capacidad de transporte disponible y anunciar el plazo máximo para iniciar el siguiente proceso.PROP_PROY: actualizar los estudios con los resultados del calendario 2023 y volver a radicar cuando se abra la ventana correspondiente si su solicitud fue archivada.Plazos e hitos2025-03-26: fecha de expedición; vigencia desde la publicación en el Diario Oficial.Incertidumbres y controlesLa fecha efectiva de reapertura no surge únicamente del máximo de doce meses: depende del cumplimiento y publicación de las dos condiciones que permanecen después de la Resolución CREG 101 094 de 2025.La suspensión no aplica a proyectos de conexión de usuarios finales, que conservan la excepción de los artículos 9 y 11 de la Resolución CREG 075 de 2021 modificados por la Resolución CREG 101 020 de 2023.