CREG RES 101 117AlcanceLa CREG establece el régimen de convocatorias públicas de compra y venta de energía eléctrica en el Mercado de Energía Mayorista para la atención del mercado regulado, y crea el Sistema Centralizado de Información de Convocatorias Públicas como plataforma de información y portal con funcionalidades transaccionales. Aplica a los comercializadores que atienden mercado regulado, a los generadores vendedores, al CND, al ASIC y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en sus competencias de seguimiento, sin perjuicio del Reglamento de Operación y de la regulación tarifaria vigentes.Síntesis ejecutivaLa resolución centraliza en el SICEP la información y los procesos transaccionales de las convocatorias públicas, fijando reglas para la oferta, evaluación, adjudicación y registro de contratos de energía destinados a usuarios regulados. Define el alcance funcional del sistema, las responsabilidades de los agentes intervinientes y los hitos del proceso de convocatoria, fortaleciendo la trazabilidad y la competencia en la contratación regulada. La norma se complementa con el Reglamento de Operación y con la regulación tarifaria vigentes, y con las funciones de inspección y vigilancia de la SSPD.Obligaciones, facultades y recomendacionesCOM: gestionar y publicar sus convocatorias públicas en el SICEP, observar los plazos y procedimientos de oferta, evaluación y adjudicación allí previstos.GEN: participar como vendedores en las convocatorias públicas y registrar la información contractual en el SICEP.CND, ASIC: operar los módulos de información y liquidación vinculados al SICEP, conforme a los protocolos técnicos y operativos definidos.SSPD: ejercer las competencias de inspección, vigilancia y control sobre los procesos de convocatoria regulados.SICEP: funcionar como plataforma única de información y como portal con funcionalidades transaccionales para las convocatorias públicas.Plazos e hitos2026-07-09: fecha de expedición.Incertidumbres y controlesEl reglamento operativo del SICEP, los formatos transaccionales y los hitos de despliegue dependen de los actos administrativos posteriores que adopten la CREG, el CND y el ASIC para la puesta en marcha de la plataforma.