CREG RES 119AlcanceLa CREG aprueba la fórmula tarifaria general que permite a los Comercializadores Minoristas de electricidad establecer los costos de prestación del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional. La fórmula tarifaria se compone de un cargo fijo, un costo de compra de energía, un costo de restricciones y servicios asociados con generación, un costo por uso del Sistema de Transmisión Nacional, un costo por uso de sistemas de distribución, un costo variable de comercialización y un costo de compra, transporte y reducción de pérdidas.Síntesis ejecutivaLa fórmula aprobada se aplica por comercializador minorista, mercado de comercialización y nivel de tensión, e incorpora índices de precios por componente para su actualización periódica. Los costos unitarios de prestación del servicio se trasladan al usuario final tomando como base los valores del mes base, ajustados por los índices definidos para cada componente en el mes de cálculo. La resolución mantiene el criterio de suficiencia financiera, neutralidad, solidaridad, redistribución del ingreso, simplicidad y transparencia previsto en los artículos 87 de la Ley 142 de 1994 y 44 de la Ley 143 de 1994. La norma rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y, conforme al artículo 126 de la Ley 142 de 1994, sus fórmulas continúan aplicándose mientras la CREG no fije unas nuevas. La resolución facilita la lectura y aplicación de las fórmulas al consolidar en un solo cuerpo la expresión matemática de cada componente del Costo Unitario de Prestación del Servicio y los parámetros de actualización por comercializador, mercado de comercialización y nivel de tensión.