MME CIRC 40024AlcanceEl Ministerio de Minas y Energía invita a las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de energía eléctrica (comercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos, y en general empresas del sector eléctrico) a adoptar e implementar siete acciones orientadas al desarrollo de campañas de ahorro y gestión responsable del consumo de energía eléctrica en el marco del Fenómeno de El Niño. La invitación se sustenta en la Ley 1523 de 2012, en las competencias del Ministerio sobre políticas del sector energético (Decreto 381 de 2012 compilado en el Decreto 1073 de 2015, y Leyes 142 y 143 de 1994) y en la Ley 697 de 2001 sobre uso racional y eficiente de la energía. Aplica a los prestadores frente a sus usuarios en el SIN.Síntesis ejecutivaLa circular es una invitación del Ministerio, sin plazo material de cumplimiento, pero fija siete líneas de acción que los prestadores deben implementar en sus campañas: estrategias pedagógicas de uso racional y eficiente de la energía, difusión de recomendaciones prácticas para reducir consumos innecesarios, promoción del reemplazo progresivo de equipos de alto consumo por tecnologías eficientes, divulgación de hábitos de ahorro en iluminación, climatización y uso de electrodomésticos, estrategias de comunicación para cambios voluntarios de comportamiento, actividades de sensibilización sobre el impacto del ahorro en la confiabilidad y la sostenibilidad ambiental, y mecanismos de difusión de información sobre consumo eficiente mediante canales físicos y digitales. El Ministerio hace un llamado a mantener una actuación preventiva, coordinada y orientada al fortalecimiento de la cultura ciudadana del ahorro energético. Conviene revisar también la Ley 1523 de 2012 sobre gestión del riesgo, la Ley 697 de 2001 sobre uso racional y eficiente de la energía, y los Decretos 381 de 2012 y 1073 de 2015.Obligaciones, facultades y recomendacionesComercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos y, en general, empresas del sector eléctrico: implementar estrategias pedagógicas orientadas al uso racional y eficiente de la energía eléctrica en el marco del Fenómeno de El Niño.Comercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos y, en general, empresas del sector eléctrico: difundir entre sus usuarios recomendaciones prácticas para reducir consumos innecesarios de energía.Comercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos y, en general, empresas del sector eléctrico: promover el reemplazo progresivo de equipos de alto consumo por tecnologías eficientes.Comercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos y, en general, empresas del sector eléctrico: divulgar hábitos de ahorro energético en iluminación, climatización y uso de electrodomésticos.Comercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos y, en general, empresas del sector eléctrico: ejecutar estrategias de comunicación dirigidas a fomentar cambios voluntarios de comportamiento frente al consumo energético.Comercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos y, en general, empresas del sector eléctrico: realizar actividades de sensibilización sobre el impacto del ahorro energético en la confiabilidad del sistema y la sostenibilidad ambiental.Comercializadores de energía y gas, Operadores de Red, empresas de distribución y servicios públicos y, en general, empresas del sector eléctrico: disponer mecanismos de difusión de información sobre consumo eficiente mediante canales físicos y digitales.MME: coordinar el llamado a la actuación preventiva y al fortalecimiento de la cultura ciudadana del ahorro energético, y mantener el seguimiento de las medidas adoptadas por los prestadores.Incertidumbres y controlesLa circular usa lenguaje de invitación ("se invita a", "el Ministerio hace un llamado") y no fija un plazo material de cumplimiento ni un canal de reporte de las campañas; la verificación de la implementación debe considerar los reportes y piezas comunicativas de cada prestador y los reportes del Ministerio sobre su seguimiento.La mención del Fenómeno de El Niño se hace en clave de riesgo climático, sin asociar un evento activo declarado por la autoridad competente al momento de la circular; debe verificarse el estado del fenómeno al momento de aplicación de la medida.