MME PROY 07/06AlcanceEl MME publicó este proyecto de resolución en Foros el 2026-06-07 y abrió comentarios hasta el 2026-06-22. El proyecto dicta lineamientos para los esquemas de exportaciones de electricidad y para la contratación bilateral de energía en el marco de las transacciones internacionales, con fundamento en los numerales 3, 4, 7 y 10 de las Reglas Fundamentales del Anexo 1 de la Decisión CAN 757 de 2011. La propuesta no es una norma vigente y su texto puede cambiar antes de la resolución definitiva.Síntesis ejecutivaLa propuesta corresponde al asunto "Esquemas de exportaciones de electricidad y para la contratación bilateral de energía para las transacciones internaciones de electricidad". En el original se identifican, entre otros, los siguientes componentes: régimen transitorio aplicable a las transacciones internacionales de electricidad entre Colombia y Ecuador; exportaciones de energía eléctrica; contratos para las transacciones internacionales de electricidad; vigencia a partir de la publicación en el Diario Oficial; y objeto de definir los lineamientos que deberán seguir los participantes interesados. La memoria justificativa fue procesada como evidencia de soporte y no tiene ficha pública propia. El proyecto fue adoptado por la Resolución MME 40308 de 2026, por lo que el debate técnico continúa sobre el texto vigente y no sobre el original.Obligaciones, facultades y recomendacionesMME, CREG, SSPD y SIC: coordinar la habilitación de participantes, la regulación complementaria y la vigilancia de los contratos bilaterales de exportación.ASIC: administrar el registro contractual y producir reportes para MME, MinCIT, CREG, SSPD, SIC y el público, conforme a los procedimientos que la resolución adoptante ordena expedir.CND y operadores del enlace: preservar la separación entre el contrato bilateral comercial y el despacho económico coordinado, así como la prioridad de la demanda nacional.Generadores y comercializadores colombianos: evaluar el efecto sobre contratos de bolsa, garantías TIE y fronteras de comercialización, considerando la coexistencia con los marcos andinos vigentes.Plazos e hitos2026-06-07: publicación de la ficha Foros del MME.2026-06-22: fecha final de comentarios indicada por la ficha.2026-07-10: publicación de la Resolución MME 40308 de 2026, que adopta el proyecto.Incertidumbres y controlesEl PDF del proyecto no contiene número ni fecha del acto; las fechas se toman de la ficha Foros.La versión definitiva puede modificar el articulado, como efectivamente ocurrió al expedirse la Resolución MME 40308 de 2026.La búsqueda de adopción cerró con verificación local de la ficha de la Resolución MME 40308 de 2026, que declara este proyecto como origen.La consulta cerró el 2026-06-22; al corte del 2026-08-24 han transcurrido 63 días desde el límite, fuera de la ventana de 30 días para el grupo cerrados_recientemente. Se clasifica como interes_editorial por la actuación posterior verificable.El texto vigente es el de la Resolución MME 40308 de 2026; cualquier modificación posterior a los contenidos mínimos, al alcance del registro o a la coordinación interinstitucional se realiza sobre la versión adoptada y no sobre el proyecto original.La entrada en operación del MAERCP de la Decisión CAN 816 de 2017 marca el límite de la temporalidad declarada por la resolución adoptante.