MME RES 00235AlcanceEl Ministerio de Minas y Energía ordena girar a la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. los recursos del Fondo de Energía Social, por concepto de subsidio FOES calculado con base en el consumo de energía eléctrica del mes de noviembre de 2025, para ser entregados a los usuarios ubicados en las áreas especiales. La medida aplica a la empresa prestadora como receptora del giro y a los usuarios beneficiarios del régimen de subsidios.Síntesis ejecutivaLa resolución materializa el giro del FOES con cargo al Presupuesto General de la Nación, conforme a la memoria de cálculo FOES consumos de noviembre de 2025 de la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio. Los recursos se asignan a la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. para que los entregue a los usuarios beneficiarios del régimen de subsidios, conforme a los porcentajes y condiciones definidos por la regulación vigente. La medida se enmarca en el régimen de subsidios del sector eléctrico previsto en la Ley 142 de 1994 y prorrogado por la Ley 2294 de 2023 hasta el 30 de junio de 2027.Obligaciones, facultades y recomendacionesMME: girar a la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. los recursos del FOES con cargo al PGN, conforme a la conciliación trimestral.ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P.: recibir el giro y detallar en la factura del período siguiente el beneficio FOES de cincuenta y nueve pesos por kilovatio hora como menor valor, conforme a los parámetros del Ministerio.Beneficiarios: recibir el subsidio en su factura de energía eléctrica del mes de noviembre de 2025 por estar ubicados en las áreas especiales.Plazos e hitos2026-03-05: fecha de expedición.Incertidumbres y controlesEl valor efectivo del giro depende de la disponibilidad presupuestal del FOES y de la conciliación trimestral de subsidios y contribuciones que realiza la empresa prestadora ante el SUI.