MME RES 00633AlcanceEl Ministerio de Minas y Energía ordena girar a la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. los recursos correspondientes al pago del déficit de subsidios del sector eléctrico del cuarto trimestre de la vigencia 2025 y al primer pago parcial al primer trimestre de la vigencia 2026, conforme a la distribución de la Dirección de Energía Eléctrica. La medida aplica a la empresa prestadora como receptora del giro, a los usuarios beneficiarios del régimen de subsidios y a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.Síntesis ejecutivaLa resolución materializa el giro con cargo al Presupuesto General de la Nación y al Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos, conforme a la conciliación trimestral de la empresa prestadora y a la distribución de la Dirección de Energía Eléctrica contenida en el Anexo 1 de los memorandos internos del Ministerio. Los recursos se asignan a la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. para la cobertura del déficit de subsidios del sector eléctrico. La medida se enmarca en el régimen de subsidios previsto en la Ley 142 de 1994 y prorrogado por la Ley 2294 de 2023 hasta el 30 de junio de 2027.Obligaciones, facultades y recomendacionesMME: girar a la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. los recursos del FSSRI y del PGN para la cobertura del déficit de subsidios del cuarto trimestre de 2025 y del primer pago parcial del primer trimestre de 2026, conforme a la conciliación trimestral.ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P.: recibir el giro y aplicarlo a la cobertura del déficit de subsidios conforme a la conciliación trimestral.Beneficiarios: recibir el subsidio en su factura de energía eléctrica conforme a los porcentajes y condiciones vigentes.Grupo de Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera del MME: efectuar el registro de la operación presupuestal correspondiente.Grupo de Tesorería de la Subdirección Administrativa y Financiera del MME: realizar el giro de recursos conforme a la disponibilidad del Plan Anual de Caja.Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional: atender el giro con cargo a los rubros presupuestales disponibles.Plazos e hitos2026-05-13: fecha de expedición.Incertidumbres y controlesEl monto efectivo del giro depende de la conciliación trimestral y de la disponibilidad de recursos del FSSRI y del PGN.