CREG CIRC 323AlcanceLa Circular CREG 323 de 2026 comunica el resultado de la revisión que la Comisión realizó sobre la condición energética del Sistema Interconectado Nacional (SIN) bajo el Estatuto para Situaciones de Riesgo de Desabastecimiento (ESRD) de la Resolución CREG 026 de 2014. La Comisión informa a prestadores del servicio de energía eléctrica, usuarios y terceros interesados que, aunque la evaluación de XM identificó una condición de riesgo según los niveles de alerta, la CREG no confirma un cambio de condición del sistema. El sistema permanece en vigilancia y la circular no activa por sí misma medidas excepcionales ni modifica el ESRD vigente.Síntesis ejecutivaXM S.A. E.S.P., en su función de Centro Nacional de Despacho, reportó a la CREG mediante el radicado E2026011282 del 3 de agosto de 2026 una clasificación de riesgo derivada de la combinación de los niveles de alerta previstos en el Estatuto. En la Sesión CREG 1485 del 5 de agosto, la Comisión contrastó ese reporte con la situación energética disponible: el embalse agregado está por encima del percentil histórico 50 % y cerca del nivel de 2023; los aportes de mayo, junio y julio se ubicaron por debajo de sus medias; la generación térmica de julio alcanzó cerca de 62 GWh-día; y el precio de bolsa de ese mes fue cercano a 804 $/kWh. También consideró la trayectoria de la demanda y la capacidad térmica para gestionar el recurso hídrico. Con ese conjunto de evidencia, la Comisión decidió no confirmar el cambio de condición del sistema y mantenerlo en vigilancia. La CREG anuncia, además, que trabaja en modificaciones al ESRD y reitera el uso responsable y eficiente de la energía durante el segundo semestre, especialmente ante la posibilidad de un fenómeno de El Niño.Incertidumbres y controlesLa circular reporta indicadores y una decisión de vigilancia a la fecha de análisis; no constituye una proyección de la evolución hidrológica ni permite inferir por sí sola futuras activaciones del ESRD.La CREG anuncia que trabaja en modificaciones al Estatuto, pero el documento no publica un texto regulatorio nuevo, un cronograma de expedición ni medidas adoptadas. Cualquier cambio deberá verificarse en su instrumento oficial correspondiente.Las cifras de aportes, embalse, generación térmica, precio y demanda corresponden al corte descrito en la circular. Para decisiones operativas se debe consultar la información vigente del CND y las comunicaciones posteriores de la CREG.