CREG RES 101 046AlcanceLa CREG adiciona una alternativa de cesión de Obligaciones de Energía Firme para plantas en construcción que requieren más tiempo para entrar en operación. Permite trasladar OEF durante uno o dos años a plantas existentes o en construcción que acrediten energía firme disponible, sin depender de una subasta de reconfiguración y sin extender el final del periodo original de la obligación.Síntesis ejecutivaLa cesión puede respaldarse con plantas en construcción que cumplan las condiciones de avance y riesgo previstas, con plantas existentes que tengan energía disponible adicional no comprometida, o con una combinación de ambas. El ASIC registra y verifica la operación; el CND valida la energía disponible; y el cedente debe constituir las garantías aplicables. Si se cede la totalidad de la OEF de la planta en construcción, la fecha de puesta en operación puede desplazarse uno o dos años para efectos del cronograma y las garantías, pero la fecha final del periodo de OEF permanece inalterada. La medida complementa las alternativas de cesión existentes y no libera al proyecto de sus demás compromisos regulatorios.Obligaciones, facultades y recomendacionesGenerador cedente: solicitar el registro de la cesión, acreditar las condiciones de elegibilidad y constituir o ajustar las garantías exigidas.Generador cesionario: respaldar la OEF con energía firme disponible durante el periodo transferido.ASIC: verificar que el contrato cumpla las condiciones y registrar la cesión mediante el SUICC cuando resulte procedente.CND: verificar la EDA o la energía disponible para plantas térmicas que respalda la transferencia.