MME PROY 21/07AlcanceEl Ministerio de Minas y Energía publicó este proyecto de resolución en Foros el 21 de julio de 2026 y abrió comentarios hasta el 26 de julio de 2026. El título y la descripción de la ficha identifican su objeto: reglamentar la transferencia de activos destinados a beneficiar Comunidades Energéticas. El PDF no trae fecha ni número oficial; esta tarjeta usa la ficha HTML como referencia temporal.Síntesis ejecutivaLa propuesta establece lineamientos y condiciones para la transferencia de la propiedad de activos de autogeneración a Comunidades Energéticas. En el original se identifican, entre otros, los siguientes componentes del articulado: artículo 1 (objeto, lineamientos y condiciones para la transferencia); artículo 2 (beneficiarios, Comunidades receptoras potenciales); artículo 3 (activos a transferir y entidades a cargo, incluyendo MME, entidades adscritas y fondos públicos); artículo 4 (mecanismos de transferencia); artículo 5 (requisitos para acceder a los mecanismos, incluyendo NURIN, personería jurídica JAL/JAC, esquema básico de AOM, certificación del OR o comercializador y RUT vigente). La consulta cerró el 26 de julio de 2026; al corte del 24 de agosto de 2026 no se identifica resolución MME posterior que adopte, sustituya o retire esta propuesta.Plazos e hitos2026-07-21: publicación de la ficha Foros del MME.2026-07-26: fecha final de comentarios indicada por la ficha.2026-08-24: corte del presente expediente. No se identifica resolución posterior.Incertidumbres y controlesLa propuesta no es una resolución vigente; el articulado puede cambiar antes de la versión definitiva.La consulta cerró el 26 de julio de 2026; al corte del 24 de agosto no se identifica resolución posterior.Las capacidades locales de AOM son un factor crítico de éxito que requiere verificación caso por caso.El PDF no contiene número ni fecha del acto; las fechas se toman de la ficha Foros.Las capacidades locales de AOM no se evalúan en el articulado y quedan sujetas a la verificación posterior del MME y la SSPD.