CREG PROY 701 046AlcanceLa CREG sometió a consulta pública, por veinte (20) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Oficial, un proyecto de resolución que propuso los requerimientos técnicos, operativos y comerciales aplicables a la conexión compartida de generadores regulada por la Resolución CREG 200 de 2019. La propuesta buscaba ordenar la coordinación entre generadores, operador de red, CND y ASIC cuando varias plantas comparten infraestructura de conexión. El proyecto fue adoptado por la Resolución CREG 101 098 de 2026, que lo declara como origen.Síntesis ejecutivaLa propuesta definía responsabilidades de medición, operación, coordinación y reporte para conexiones compartidas, junto con ajustes a los requisitos comerciales y de puesta en servicio. Detallaba la aplicación conjunta de curvas de capacidad P-Q y Q-V en el punto de conexión, el control de tensión, las comunicaciones con el CND y los acuerdos técnicos que debía actualizar el CNO. También proponía transiciones de hasta sesenta meses para adecuar determinadas plantas y reglas diferenciadas según la tecnología y la configuración de los activos compartidos. Su objetivo era que compartir infraestructura no diluyera la responsabilidad individual de cada planta frente a seguridad, supervisión y cumplimiento operativo.Obligaciones, facultades y recomendacionesGeneradores: entregar información técnica y comercial de las plantas y coordinar la operación de la conexión compartida, conservando su responsabilidad individual.Operadores de red y CND: validar estudios, límites operativos, medidas y coordinación de la conexión compartida.ASIC: aplicar los ajustes de registro y liquidación que correspondan.Plazos e hitos2024-05-16: aprobación del proyecto para consulta en la sesión 1316.Incertidumbres y controlesEsta ficha describe un proyecto cerrado; para obligaciones vigentes debe contrastarse cada regla con la Resolución CREG 101 098 de 2026 y los acuerdos técnicos posteriores.Los requisitos dependen de tecnología, nivel de tensión, punto de conexión y configuración compartida; no todos los controles o períodos de transición aplican a todas las plantas.La coordinación colectiva de la infraestructura no reemplaza la verificación individual de medición, modelos, comunicaciones y desempeño de cada recurso.La ficha describe un proyecto cerrado y adoptado; la regla vigente debe contrastarse con la Resolución CREG 101 098 de 2026 y los acuerdos técnicos posteriores. Los requisitos dependen de tecnología, nivel de tensión, punto de conexión y configuración compartida; no todos los controles o períodos de transición aplican a todas las plantas. La coordinación colectiva no reemplaza la verificación individual de medición, modelos, comunicaciones y desempeño.