CREG PROY 701 136AlcanceLa Comisión de Regulación de Energía y Gas propuso adicionar una causal transitoria de redespacho al numeral 4.1 del Código de Operación de la Resolución CREG 025 de 1995, para que el CND pudiera incorporar oportunamente aumentos parciales o totales de disponibilidad declarados por agentes de plantas de generación térmica durante la ventana prevista para la medida.Síntesis ejecutivaEl proyecto respondió a escenarios de hidrología baja y posible ocurrencia de El Niño. La causal permitiría al agente declarar aumentos de disponibilidad de una o varias unidades térmicas; el CND usaría los parámetros y configuraciones factibles declarados para el despacho económico y sus transiciones. La medida busca aprovechar el parque térmico, proteger el recurso hídrico y hacer más flexible la operación del SIN. El CND debería remitir un informe trimestral a la CREG, la SSPD y la SIC sobre agentes, plantas y cantidades redespachadas bajo esta causal. La propuesta tendría vigencia desde su publicación en el Diario Oficial hasta el 31 de mayo de 2027, con posibilidad de reducción o ampliación mediante circular de la Dirección Ejecutiva. La Comisión aprobó por unanimidad no informar a la SIC al amparo del artículo 2.2.2.30.4 numeral 1.2 del Decreto 1074 de 2015.Plazos e hitos2026-07-16: aprobación para consulta pública en la sesión CREG 1478.2026-07-22: fecha límite de comentarios informada por la página madre oficial de la CREG.2026-07-30: expedición de la Resolución CREG 101 118 de 2026 en la sesión CREG 1482.2026-08-11: publicación de la Resolución CREG 101 118 de 2026 en el Diario Oficial.Incertidumbres y controlesLa versión definitiva puede haber modificado el texto propuesto; siempre debe consultarse la Resolución CREG 101 118 de 2026 vigente.La causal solo produce efectos después de la publicación en el Diario Oficial; antes de esa fecha es texto propuesto.La ampliación o reducción de la ventana requiere circular de la Dirección Ejecutiva; esa decisión es trazable.La consulta cerró el 22 de julio de 2026; el proyecto fue adoptado el 30 de julio mediante la Resolución CREG 101 118 de 2026.La causal tiene vigencia acotada al 31 de mayo de 2027 y puede ser modificada por circular de la Dirección Ejecutiva.Las cifras operativas posteriores requieren consulta de los informes trimestrales del CND.